Se puede presentar una única solicitud por artista y convocatoria.
El importe mínimo subvencionable por solicitud será igual o superior a 1.000,00 euros y el importe máximo subvencionable por solicitud será de 25.000,00 euros o de 12.500,00 euros en el caso de teatro basado en dramaturgia textual de obra original y autoría catalana que no incluyan al menos una actuación fuera de España.
El importe mínimo que se otorgará por solicitud, siempre que se haya alcanzado la puntuación mínima establecida en la base 9, será de 600,00 euros.
La cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 20.000,00 euros por artista y año.
En el caso de las solicitudes de teatro basado en dramaturgia textual de obra original y autoría catalana que no incluyan al menos una actuación fuera de España, la cuantía destinada a cada subvención puede ser de hasta el 100% de los gastos subvencionables establecidas en la base 5, hasta un máximo de 10.000,00 euros por artista y año.